Seis violaciones a la ley que empañan la elección de gobernador en Barinas
- Ene
- 02
- Posted by Maria Teresa Arbelaez
- Posted in Elecciones en Venezuela, Noticias

La convocatoria de una nueva elección en Barinas violó la Constitución, al desconocer la voluntad popular que se decantó por el opositor Freddy Superlano el pasado 21 de noviembre. Pero esta no es la única irregularidad que empaña este proceso electoral.
La ley vigente ha sido transgredida sistemáticamente por el partido de gobierno que exhibe –como nunca antes– el uso de recursos públicos para financiar su campaña y aventajar a su candidato.
Hasta la fecha, los rectores del Consejo Nacional Electoral guardan silencio sobre los ilícitos electorales y penales cometidos en la entidad.
Aquí un recuento de las violaciones a vísperas del 9 de enero, fecha establecida para la realización de los comicios:
1 Injerencia del Plan República
Miembros del Plan República se apoderaron de tres actas que contenían los resultados electorales del municipio Arismendi. Esta acción retrasó la totalización de los resultados una semana y obligó a los rectores del CNE a denunciar la irregularidad y exigir a los militares la entrega de estas actas.
Esto viola el artículo 328 de la Constitución que establece que la Fuerza Armada debe estar al servicio de la nación y no al de persona o parcialidad política alguna.
También el artículo 293 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) que señala que “ningún efectivo del Plan República podrá intervenir en el desarrollo de las actividades inherentes al proceso electoral, salvo las actuaciones que le están señaladas en la Ley”.
2 Desconocimiento a la voluntad popular
La presunta inhabilitación de Freddy Superlano por la Contraloría General de la República viola el artículo 42 de la Constitución que garantiza que solo una sentencia firme puede privar del ejercicio de los derechos políticos.
La acción administrativa del Contralor es el argumento que sirve de base al TSJ para justificar la sentencia que desconoce el triunfo del opositor y ordena hacer una nueva elección.
3 Usurpación de funciones
Al ordenar la convocatoria de una nueva elección, el máximo tribunal del país usurpó las funciones del Poder Electoral que es el único que tiene la potestad para llamar a elecciones de acuerdo con los artículos 293 de la Constitución, 33 y 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre).
4 Inhabilitaciones políticas
El uso de la inhabilitación como un artimaña política quedó en evidencia cuando, después de inhabilitar a Superlano, la Contraloría también hizo lo propio con Aurora Silva de Superlano, esposa del político, quien nunca ha ejercido cargos públicos; y el dirigente Julio César Reyes, ambas opciones que evaluaba la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) para sustituir al militante de Voluntad Popular.
El contralor también sacó del juego al abanderado del Partido Comunista de Venezuela (PCV), Aldemaro Sanoja. El PCV actualmente hace oposición a Nicolás Maduro en desconocimiento al artículo 42 de la Constitución.
5 Cronograma irregular
La asociación civil Súmate alertó que el CNE no publicó el reglamento que regirá la campaña electoral en Barinas. A la fecha, cuando han transcurrido once días de campaña, la normativa nunca fue divulgada en la página oficial del ente comicial.
Esta organización también denuncia que el cronograma viola el derecho a ser elegido al no incluir el derecho de los electores a postularse al cargo de gobernador del estado Barinas a través de las figuras de grupos de electores y por iniciativa propia, garantizados en los artículos 67 de la Constitución, 47 de la Lopre y 135 del Reglamento de la Lopre.
Igualmente señalan que el cronograma no consideró una jornada de inscripción y actualización en el Registro Electoral aunque el CNE sí autorizó los cambios de sus centros de votación de origen a centros en esa entidad a los candidatos Jorge Arreaza (del Psuv) y Claudio Fermín (Soluciones Venezuela). “Debió hacerlo para todos los electores que requerían realizar la actualización de sus datos ya que, según el artículo 21 de la Constitución de la República, todas las personas son iguales ante la ley”.
El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) manifestó que “toda elección es un proceso complejo y la brevedad de los tiempos técnicos y políticos suele perjudicar los procesos electorales”.
6 Ilícitos electorales y otros delitos
El exrector del CNE, Andrés Caleca, afirmó a Efecto Cocuyo que el Psuv comete ilícitos electorales y delitos penales en Barinas y el CNE guarda un silencio cómplice.
Entre los ilícitos que destaca está el proselitismo político de funcionarios públicos prohibido en el artículo 221 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre).
El exrector señala el peculado de uso de los recursos de la Nación como otro de los delitos en los que incurre el partido de gobierno. Esta práctica está sancionada en el Código Penal venezolano con presidio de tres a diez años.
El candidato a gobernador por la MUD, Sergio Garrido, asegura que miembros de la Fuerza Armada Nacional hacen campaña desconociendo el artículo 330 de la Constitución.
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