AN chavista cumple dos de 10 pasos para elegir al nuevo CNE
- Ene
- 31
- Posted by MTA
- Posted in Elecciones en Venezuela, Noticias
La elección de los nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) se resume en 10 pasos, de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Electoral. La Asamblea Nacional chavista ya nombró a los diputados que integrarán el comité de postulaciones electorales.
Estos son: Giusseppe Alessandrello (excomandante de la Armada Nacional Bolivariana), Desiré Santos Amaral; José Gregorio Correa; Nosliw Rodríguez; Gladys Requena; Didalco Bolívar; Luis José Marcano; Miguel Salazar (Copei); José Villarroel; Luis Augusto Romero (Avanzada Progresista) y Cilia Flores (primera dama).
Según fuentes parlamentarias, más de 200 personas de la sociedad civil han expresado interés y enviado sus datos para formar parte del comité. La plenaria deberá elegir con la mayoría de las 2/3 partes (es decir, 185 diputados) a los 10 miembros definitivos.
El vicepresidente de la comisión preliminar, José Gregorio Correa, estima que los nuevos rectores serán elegidos antes del 30 de abril de este año.
1️⃣ El Poder Legislativo elige a once diputados que integrarán el comité de postulaciones electorales.
2️⃣ Los once diputados conforman una comisión preliminar que convoca, recibe, preselecciona y remite a la plenaria de diputados las postuladas y postulados por los diferentes sectores de la sociedad.
4️⃣ La presidenta o presidente de la Asamblea Nacionaljuramenta al Comité de Postulaciones Electorales, que se instalará y sesionará al día siguiente. En su primera sesión escogerá de su seno, por mayoría absoluta, a una presidenta o un presidente y a una vicepresidenta o vicepresidente, y fuera de su seno a una secretaria o secretario.
5️⃣ El comité de postulaciones abre la convocatoria para que todo aquel que cumpla con los requisitos establecidos en la Ley pueda postularse al cargo de rectora o rector. Esta fase dura 14 días continuos a partir de la publicación de la convocatoria en dos diarios de circulación nacional.
6️⃣ Luego de concluida la convocatoria, el comité debe elaborar dos listas de elegibles con las postuladas o postulados por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales y por el Poder Ciudadano. Estos listados deberán contener cada uno por lo menos el triple de los cargos que se van a designar entre principales y suplentes y serán remitidos a la Asamblea Nacional.
Los nombres de las candidatas o candidatos postulados y el origen de su postulación deben ser publicados en dos diarios de circulación nacional.
7️⃣ Objeciones. Luego de la publicación de las listas de postulados se abre un plazo de seis días continuos para las objeciones. Cualquier ciudadano tiene derecho a manifestar su oposición a algún candidato.
8️⃣ Descargos. Las postuladas o postulados que sean objetados recibirán copia de las objeciones hechas en su contra y se les concederán seis días continuos para consignar sus descargos o argumentos en contra de las objeciones.
9️⃣ Vencido el lapso de descargos, el comité de postulaciones conforma un único expediente por postulada o postulado el cual contendrá todos los requisitos exigidos para la postulación, el perfil y criterio utilizado para la selección, así como las objeciones y descargos si existieren. Estos expedientes los enviará a la plenaria de la Asamblea Nacional.
🔟 Designación yjuramentación de las rectoras o rectores. La Asamblea Nacional debe hacer los nombramientos dentro de los 10 días continuos a la recepción de las listas de candidatos.
Luego de la designación, la directiva de la Asamblea Nacional juramentará a las rectoras y rectores quienes tomarán posesión de sus cargos al día siguiente. Al nombrarlos ocuparán los cargos por un periodo de siete años.
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