Nacionales sin libre tránsito a su país

El artículo 50 de la Constitución Nacional establece el derecho al libre tránsito, lo que se traduce en que cualquier venezolano puede ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Y el artículo 21 dice que todas las personas son iguales ante la Ley.

Ambos artículos de la Carta Magna vigente, aprobada en 1999, están siendo violados al prohibir a los venezolanos que están en el extranjero entrar a su país si no tienen el pasaporte vigente, sin un salvoconducto emitido por la embajada o consulado venezolano donde residan, a pesar de que son cada día mas numerosos los países donde las embajadas o consulados venezolanos no existen.

La nueva disposición gubernamental dice que quienes posean doble nacionalidad no deberán tramitar el salvoconducto, aunque su pasaporte venezolano esté vencido, pero este debe estar al día para poder salir del país. La misma excepción se extiende a los ciudadanos que ya han obtenido la residencia en el país donde se encuentran. Quienes estén en situación irregular (sin papeles del país donde viven) sí deberán solicitar el salvoconducto, que tendrá un costo de US $ 60. Otro detalle sobre este permiso de viaje es que solo autoriza una escala en otro país no superior a 5 horas y sin que se tenga que pasar por migración, ya que solo se permiten los vuelos que tengan a Venezuela como destino final.

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